Tributación de la prima por opción de compra

Félix Ángel Fernández Lucas, abogado y subdirector general de Farmaconsulting Transacciones, resuelve una consulta sobre la tributación de la prima por opción de compra de una farmacia.

Félix Ángel Fernández Lucas

Abogado. Subdirector general de Farmaconsulting Transacciones, S.L. felix.fernandez@farmaconsulting.es

https://youtu.be/oriJmVZQZ8s

La prima percibida por conceder una opción de compra sobre el local de una oficina de farmacia debe declararse actualmente en la base imponible del ahorro del IRPF y no en la base imponible general, como explica Félix Ángel Fernández Lucas, abogado y subdirector general de Farmaconsulting Transacciones. Aunque durante años existieron dudas sobre el tratamiento fiscal de estas cantidades, la interpretación ha evolucionado a raíz de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Según señala, en muchas operaciones ni siquiera se pacta una prima por la opción de compra, pero en otras sí se establece una contraprestación económica. "Solo por darte esta opción me das un precio, un dinero", resume.

Jurisprudencia

Durante mucho tiempo, añade, se entendió que esa cantidad debía integrarse en la base imponible general como ganancia patrimonial. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha aclarado posteriormente que la prima por la concesión de una opción de compra constituye una cesión de derechos vinculada a la propiedad de un bien.

La clave está en que esta operación presenta una vinculación más estrecha con el concepto de transmisión patrimonial. "Al tratarse de una cesión de derechos relacionada con la propiedad de un bien, está más vinculada al concepto de transmisión", explica Fernández Lucas.

Base imponible del ahorro

Por este motivo, la ganancia obtenida por el cobro de la prima debe integrarse en la base imponible del ahorro. "Hoy por hoy entendemos que habría que declararla en la base imponible del ahorro", concluye el abogado de Farmaconsulting Transacciones.

De este modo, los farmacéuticos que perciban una prima por conceder una opción de compra sobre el local de su farmacia deberán tener en cuenta este criterio al confeccionar su declaración del IRPF.

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