El pleno del Tribunal Constitucional levantó la suspensión cautelar a la Ley de racionalización del gasto en la prestación farmacéutica de Galicia aprobada por el Parlamento autonómico y que articula los mecanismos para el funcionamiento del Catálogo priorizado de medicamentos. En concreto el alto Tribunal permite la aplicación de los artículos 1 y 4 y las disposiciones adicionales primera y segunda contra las que presentará recurso de inconstitucionalidad el Gobierno central.
La Federación de Distribuidores Farmacéuticos (Fedifar) ve con preocupación la decisión del Tribunal Constitucional de levantar la suspensión cautelar del catálogo por el que la Xunta de Galicia decide qué medicamentos financia y cuáles no en su territorio.
La Federación de Farmacias de Galicia asegura que la aplicación del Catálogo de Medicamentos de Galicia –actualmente suspendido temporalmente por el Tribunal Constitucional– tan sólo ha significado un ahorro del 48% en el gasto farmacéutico durante el tiempo de aplicación, mientras que el 52% restante se debe a los decretos aprobados por el Gobierno central. Estos datos se desprenden de un informe elaborado por la consultora Antares en el que se da cuenta de que «más allá de otras consideraciones, el catálogo tampoco cumplió con sus objetivos de ahorro».