El Constitucional levanta la suspensión al catálogo de medicamentos de Galicia

El pleno del Tribunal Constitucional levantó la suspensión cautelar a la Ley de racionalización del gasto en la prestación farmacéutica de Galicia aprobada por el Parlamento autonómico y que articula los mecanismos para el funcionamiento del Catálogo priorizado de medicamentos. En concreto el alto Tribunal permite la aplicación de los artículos 1 y 4 y las disposiciones adicionales primera y segunda contra las que presentará recurso de inconstitucionalidad el Gobierno central.

La conselleira de Sanidad, Pilar Farjas Abadía, mostró su satisfacción por la decisión adoptada por el Constitucional y manifestó que Galicia «puede seguir caminando indiscutiblemente por la senda de la sostenibilidad del sistema sanitario». Por su parte, la ministra de Sanidad, Leire Pajín, anunció que se iba a estudiar con detenimiento el acuerdo del alto Tribunal, y no se descarta la posibilidad de presentar una nueva petición de suspensión cautelar. Farmaindustria, por su parte, considera que la decisión no debe afectar al fallo final que tendrá que adoptar el organismo judicial. «La sentencia –dicen– reconocerá que se han vulnerado las competencias del Estado», e insisten en que el catálogo gallego de medicamentos afecta a la cohesión y equidad de la sanidad española.

En su resolución el Tribunal Constitucional señala que «no puede tomarse en consideración la alegación del abogado del Estado relativa a la falta de perjuicio que se derivaría del mantenimiento de la suspensión en razón del ahorro producido por la aplicación de determinadas normas estatales o medidas puestas en marcha por comunidades autónomas distintas de la gallega». Insiste en que la suspensión, según la doctrina del organismo jurídico, solo cabe «en cuanto suponga la existencia de perjuicios ciertos, efectivos e irreparables, pues, en caso contrario, ha de prevalecer la presunción de validez propia de las leyes». En su resolución los magistrados hablan del ahorro estimativo con la aplicación del catálogo de medicamentos y recuerdan que se cifró por parte de los servicios competentes de la Xunta en unos nueve millones de euros mensuales, una cifra que el Tribunal considera «suficientemente ilustrativa de los efectos que sobre la reducción de la denominada factura farmacéutica y la correlativa sostenibilidad del sistema público sanitario puede producir la aplicación de la disposición ahora suspendida».

En su resolución el Tribunal Constitucional levanta también la suspensión sobre el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia por el que se aprobó el catálogo priorizado de productos farmacéuticos de Galicia, así como las actuaciones correspondientes para su utilización.

El presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo, anunció que los actuales 34 principios activos que son utilizados en la sanidad gallega se podrían aumentar en cuatro más que se están estudiando en estos momentos entre los fármacos de mayor consumo y que podrán ser recetados por los facultativos.

Al hacer pública su valoración el departamento sanitario gallego ha insistido en que de este modo se puede cumplir con los objetivos previstos de gestionar mejor los recursos de Galicia y proteger la sostenibilidad de la sanidad pública manteniendo siempre las mismas coberturas terapéuticas del resto de España.

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