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Oficina de farmacia y sociedad mercantil (II)

Oficina de farmacia y sociedad mercantil (II)

En el anterior artículo (El Farmacéutico n.º 578) comentamos alguna de las peculiaridades que, desde el punto de vista del derecho civil y mercantil, pueden afectar al farmacéutico que crea una sociedad limitada con el objeto de canalizar la parafarmacia de su establecimiento. Vimos que una de las principales ventajas que ofrecen este tipo de entidades es la limitación de la responsabilidad civil del titular al importe de las aportaciones al capital social, y al patrimonio de la entidad, quedando aislado como persona física, por lo que respondería con todos sus bienes presentes y futuros. Comentamos ahora algunas de las peculiaridades fiscales de este tipo de maniobras.

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