El inicio de los trámites por la vía de urgencia para que el anteproyecto de la nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid vea la luz antes de que termine la legislatura actual, en 2023, ha abierto el debate tanto sobre su idoneidad como sobre las novedades que incluye. A la espera de los cambios que se hagan sobre este primer borrador y del anteproyecto que se someta a audiencia pública, donde se podrán realizar aportaciones y alegaciones, para llevarlo después a la Asamblea, recogemos a continuación las impresiones y expectativas del sector.  

 

Elena Mantilla
Elena Mantilla

 

Tramitación urgente

El gobierno regional explica que desde la legislatura anterior había una necesidad de actualizar y modernizar la normativa en vigor, la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, que se ha hecho más visible debido a la pandemia originada por la COVID-19. «Resulta precisa la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación de un nuevo Anteproyecto de Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid que aborde los aspectos más relevantes evidenciados durante la crisis sanitaria, con el fin de dar cobertura a las necesidades actuales como la flexibilización de horarios, la reducción de cargas administrativas o la dispensación por parte de oficinas y servicios de farmacia con entrega informada a domicilio», indica Elena Mantilla, directora general de Inspección y Ordenación Sanitaria de la Consejería de Sanidad, organismo encargado de sacar adelante la ley.

Para Luis de Palacio, presidente de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), el nuevo reparto de fuerzas políticas de esta legislatura ha motivado que la Comunidad haya considerado oportuno impulsar el anteproyecto ahora. «Tras las elecciones el escenario de tramitación de esta ley se ha despejado mucho», señala.

Luis González
Luis González

 

Luis González, presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos (COF) de Madrid, considera razonable que el anteproyecto se tramite de forma urgente debido a que esta legislatura es muy corta. Con la vía de urgencia «no se priva a nadie de poder participar, solo se reducen plazos y, aunque es importante, no es una cuestión determinante». Asegura que «necesitamos una ley que lleve a los ciudadanos un modelo de servicios, funciones y actividades de las farmacias acordes a las necesidades de los tiempos que corren».

Por su parte, Rocío de la Torre, representante de la Asociación Profesional de Oficinas de Farmacia (APOF), afirma que «las necesidades descubiertas con la pandemia eran concretamente las que llevamos mucho tiempo demandando, como la necesidad de algunos pacientes de que se les suba la medicación a casa. Pero esto hay que hacerlo bien, no deprisa y corriendo. Se debe determinar a qué tipo de pacientes y cómo gestionarlo, y no debe ser a costa de que los farmacéuticos pierdan dinero. La salud no debería ser una herramienta para hacer política, la salud es salvar vidas, mejorar la calidad de esta, proporcionar bienestar y prevenir patologías».

 

Dispensación domiciliaria

Denominada como «Dispensación con entrega informada en el domicilio», constituye una de las novedades del anteproyecto. Tras la experiencia positiva que supuso la entrega de fármacos en casa durante el confinamiento, se quiere dar respuesta «a una realidad social en la que muchas veces existen dificultades para el desplazamiento de los pacientes, lo que puede dificultar el acceso a la medicación y con ello, el abandono de tratamientos», comenta la directora general de Inspección y Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. En el texto de 2018 ya se incluía este servicio para personas discapacitadas o mayores dependientes. En el anteproyecto presentado ahora las oficinas de farmacia podrán dispensar medicamentos en el domicilio de los usuarios cuando estos lo soliciten y por «circunstancias que dificulten o impidan el desplazamiento del usuario a la oficina de su elección». Deberá cumplir las garantías de control y calidad exigidas en la normativa y asegurar que el acto profesional de la dispensación se realiza por un farmacéutico, o bajo su supervisión, integrado en la plantilla del establecimiento farmacéutico». Como se indica en el texto, la entrega deberá realizarse de manera que los medicamentos «no sufran ninguna alteración ni merma de su calidad». Este servicio no supondrá un coste adicional para el usuario ni se podrá incrementar el precio de los medicamentos o productos sanitarios. La norma deja a una posterior regulación el protocolo que deberán seguir las oficinas de farmacia para realizarlo.

En este aspecto, Luis de Palacio afirma que «la Ley no debería entrar en general en prohibir que se paguen los servicios de valor añadido sobre la dispensación ya existente, porque opera como un freno en sí mismo. Más bien al contrario, la posibilidad de competir permite ajustar siempre mejor el binomio calidad/precio de los servicios ofrecidos, por lo que no interesa a nadie limitar este aspecto».

Adela Bueno
Adela Bueno

 

Para Adela Bueno, responsable del departamento jurídico de la asesoría Asefarma, este servicio «es una reclamación muy demandada por parte del sector; durante la pandemia funcionó de una forma excelente y tuvo una utilidad tremenda».

Según el anteproyecto, los servicios de farmacia (en centros de salud, hospitales, residencias e instituciones penitenciarias) podrán también realizar la dispensación de medicamentos «en modalidad no presencial» mediante la entrega «en establecimientos sanitarios autorizados próximos al domicilio del paciente o en su propio domicilio», ajustándose a los protocolos que se establezcan por el servicio de farmacia correspondiente. Desde la APOF consideran que «la diferencia que se hace entre el envío a domicilio desde los centros de salud y hospitales y desde la farmacia comunitaria llega a ser hasta ofensiva. No hay distinción en la formación que ha recibido un farmacéutico hospitalario y un farmacéutico comunitario, por lo que no debería existir diferencia a la hora de desarrollar su trabajo. Por ley, la dispensación de los medicamentos a personas no hospitalizadas es exclusivamente competencia de la farmacia comunitaria, de nadie más».

 

Horarios, farmacias rurales y publicidad

Un horario flexible de atención al público es otra de las demandas históricas, tanto de los profesionales como de los usuarios, como indica Elena Mantilla, que recoge el anteproyecto. Se contempla un horario mínimo de 40 horas a la semana distribuidas en dos franjas, una fija (de lunes a viernes entre las 10 y las 13 horas y entre las 16 y 19 horas, y el sábado de 10 a 13 horas) y otra variable que establecerán las oficinas de forma voluntaria. En cuanto a las farmacias de las zonas rurales, se plantea que, en localidades con menos de 2.000 habitantes, el horario pueda adaptarse a las necesidades del municipio. Además, para la sostenibilidad económica de estos establecimientos se contempla la exención de contratación de farmacéuticos adjuntos o la adecuación de las dimensiones de los locales a la realidad de los recursos inmobiliarios existentes.

En cuanto al uso del término «farmacia», la norma detalla otra reclamación del sector: «Será de uso exclusivo para la identificación de las oficinas de farmacia, pudiéndose hacer referencia a las secciones que tenga autorizadas». Se permite también la publicidad de las actividades y se contempla la prohibición de «cualquier actuación publicitaria, reclamo, incentivo o mecanismo análogo cuyo resultado pueda condicionar el ejercicio del derecho a la libre elección de oficina de farmacia». Desde la consultoría Asefarma consideran que «vuelve a quedar limitado el concepto de publicidad o promoción, un aspecto que debería puntualizarse más, ya que da lugar a ambigüedades, dada la situación actual de la farmacia respecto a canales de comunicación como las redes sociales».

La normativa, al igual que en 2018, regula los sistemas personales de dosificación (SPD) con el fin de mejorar la adherencia y efectividad de los tratamientos farmacológicos, en particular de pacientes crónicos, polimedicados y en situación de dependencia, «reconociendo el papel del farmacéutico de oficina de farmacia y la importancia del canal farmacia en su elaboración», según explica la directora general de Inspección y Ordenación Sanitaria. Este servicio será voluntario y a la farmacia se le exigirán determinados protocolos para llevarlo a cabo.

 

Nuevas secciones, planificación y traslados

El anteproyecto incorpora las secciones de Nutrición y Dietética y su desarrollo no estará vinculado al titular de la oficina. Para el presidente de la FEFE, «por fin aparece la nutrición como sección individual de la farmacia». Elena Mantilla afirma que de este modo se da «una mayor flexibilidad y supone un estímulo a la economía y al empleo, en tanto que brinda salidas profesionales a las titulaciones que existen en la actualidad». Para cada sección dentro de la farmacia se exigirán 12 m2, excepto a las farmacias que ya estuvieran autorizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley.

Luis de Palacio
Luis de Palacio

 

Respecto a la planificación farmacéutica se establece un único módulo poblacional para la autorización de nuevas oficinas de farmacia, la evaluación anual, se unifica la zona farmacéutica con la zona básica de salud y se ordena un procedimiento de autorización de nuevas oficinas mediante concurso público en dos fases: concurso de traslados y concurso general de adjudicación. La fase previa de traslados entre municipios es para Luis de Palacio «un elemento innovador y fundamental. Es brillante, y puede permitir que aquellas farmacias muy deprimidas puedan buscar una mejor ubicación antes que perder y amortizar la licencia», explica. Según el presidente de la FEFE, priorizar los traslados, mejorará el servicio farmacéutico. «La gente no es consciente de la cantidad de farmacias que sufren problemas relacionados con un alquiler del que nada pueden hacer sin tirar a la basura el valor de su farmacia. Cuántas farmacias hay que si se establecieran en otra zona nueva dispondrían de mejores locales y, por tanto, infraestructura para luego mejorar el servicio. La ley debe ser sensible a las ganas que tenemos los farmacéuticos de mejorar las propias farmacias».

 

Emergencia sanitaria

La labor realizada por las farmacias durante la pandemia constituye uno de los pocos aspectos en los que ha habido consenso general entre la población y las instituciones. La nueva ley dedica un artículo específico a la actuación de las farmacias en situaciones de emergencia sanitaria. Elena Mantilla destaca que «se hace un reconocimiento expreso a la atención farmacéutica, y se prevé la adopción de protocolos de actuación para hacer frente a la misma, integrando a los establecimientos farmacéuticos en los dispositivos y medidas en situación de emergencia, catástrofe o peligro para la salud».

Otros aspectos que recoge la ley:

  • Se incorpora la definición de establecimiento sanitario, que engloba a oficinas de farmacia, botiquines, depósitos de medicamentos, unidades de radiofarmacia y servicios de farmacia.
  • Se incluye la atención farmacéutica en centros residenciales de asistencia social.
  • Se incorpora legalmente el reconocimiento de las unidades de radiofarmacia y el tratamiento y dispensación de estos «fármacos especiales».
  • Se refuerzan los derechos de los usuarios y se potencia la concienciación de los mismos en un uso responsable y consciente de los medicamentos.
  • Se facilita al ciudadano la recogida de fármacos y productos sanitarios tras su uso a través de sistemas autorizados.
  • Agiliza la tramitación de aspectos referidos a los recursos humanos en las oficinas de farmacia, sustituyendo la autorización por la comunicación.

 

Próximos pasos

El presidente de FEFE sostiene que «es imprescindible que tanto el texto como la interpretación que la Administración tenga sea más flexible y permisiva con las innovaciones y las iniciativas de los farmacéuticos en cuanto a la actividad en las oficinas de farmacia. Como mínimo, que sea análoga a la de los centros sanitarios en materias de publicidad o de nuevos servicios. Nuestro sector hoy compite entre sí, pero sobre todo con otros canales y otros proveedores de servicios, que tienen un marco regulatorio que les permite competir mejor que a nosotros».

Rocío de la Torre
Rocío de la Torre

 

Rocío de la Torre confía en que el desarrollo de lo publicado haga que la farmacia salga protegida y blindada y se cuente con la opinión de todos los colectivos implicados «en beneficio de la oficina de farmacia y, sobre todo, de nuestros pacientes. Hemos demostrado, y con creces, que somos un colectivo con el que se puede contar en los peores momentos y que encima hemos estado al 100% dispuestos a ayudar».

El presidente del COF de Madrid entiende que la nueva ley debe ser «moderna y con visión de futuro para que no nazca muerta desde el minuto “0” y esto implica que deberán tenerse en cuenta las nuevas tecnologías, la colaboración, coordinación y participación activa de la Atención Primaria con oficina de farmacia, o una planificación que permita que todos los centros y establecimientos sanitarios trabajen en común por y para el paciente».

Queda trabajo por hacer. La ley, de momento, no ha dejado indiferente a nadie. Hay que ver hacia dónde avanza y cómo. El sector está expectante y tiene mucho que decir.

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