Real Decreto de Troncalidad en las Especialidades en Ciencias de la Salud

El Real Decreto de Troncalidad, que en la actualidad se está tramitando (concretamente, en fase de Proyecto), parece ser que verá la luz en breve.¿Qué supondrá la entrada en vigor de esta norma? A continuación destacaremos algunas de las novedades que introducirá este Real Decreto en la formación de determinadas especialidades relacionadas con las ciencias de la salud.

Real Decreto de Troncalidad en las Especialidades en Ciencias de la Salud
Real Decreto de Troncalidad en las Especialidades en Ciencias de la Salud

Lo que se pretende con este Real Decreto es la adquisición de competencias comunes a varias especialidades en ciencias de la salud a través de un periodo de formación uniforme, denominado «tronco», en convergencia con la estructura de la formación especializada de otros países miembros de la Unión Europea.
Según la norma, esta troncalidad implica una evolución del sistema formativo y una adaptación a nuevos programas formativos.
El objetivo de esta norma es que los profesionales sanitarios aprendan a abordar desde las primeras etapas de su formación especializada, los problemas de salud de una manera integral y a trabajar de la forma más adecuada para poder proporcionar una atención sanitaria orientada a la resolución eficaz de los procesos de los pacientes, con el enfoque interdisciplinar y pluridisciplinar que el estado actual de la ciencia requiere.
Así, la formación en las especialidades en ciencias de la salud adscritas al régimen de formación especializada troncal comprenderá de dos periodos de formación:
1. De carácter troncal: se estudiarán competencias comunes y nucleares a varias especialidades. Este periodo tendrá una duración de dos años.
Los tutores de este periodo de formación troncal serán especialistas en servicio activo de cualquiera de las especialidades que integren el tronco de que se trate y garantizarán el cumplimiento del programa formativo troncal.
2. De formación específica en la especialización de que se trate.
Para la obtención de un nuevo título de especialista será necesario acreditar un ejercicio profesional efectivo en especialidad del mismo tronco de al menos cinco años, y que se le haya reconocido el periodo de formación troncal de que se trate.
Por otro lado, con la troncalidad se pretender flexibilizar el catálogo de especialidades en ciencias de la salud. Así, una de las principales novedades de este Real Decreto es la modificación de la especialidad de «Farmacia Hospitalaria» que pasa a denominarse «Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria». Podrán acceder los graduados/licenciados en Farmacia. En el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de esta norma se suprimirá la Comisión Nacional de Farmacia Hospitalaria y se constituirá la Comisión Nacional de Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria.
Por otro lado, se crean las siguientes especialidades pluridisciplinares:
– «Análisis Clínicos y Bioquímica Química», procedente de la fusión de las especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica. Podrán acceder los graduados/licenciados en Medicina, Farmacia o en el ámbito de la Biología, y la Química.
– «Genética Clínica». Podrán acceder los graduados/licenciados en Medicina, Farmacia o en el ámbito de la Biología y de la Química.
Sin embargo, a partir de la convocatoria de pruebas selectivas 2015 para el acceso en 2016 a plazas de formación sanitaria especializada, no se ofertarán plazas en formación en régimen de alumnado, de las siguientes especialidades: Hidrología Médica, Medicina de la Educación Física y el Deporte, Medicina Legal y Forense y Farmacia Industrial y Galénica.
Por lo tanto, las especialidades a las que habilita el título de graduado/licenciado en Farmacia quedarían de la siguiente forma:
Especialidades médicas para cuyo acceso se exige estar en posesión de un título universitario oficial que habilite para el ejercicio en España de la profesión de médico: Farmacología Clínica.
Especializaciones farmacéuticas para cuyo acceso se exige estar en posesión de un título universitario oficial que habilite para el ejercicio en España de la profesión de farmacéutico: Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria.
Especialidades pluridisciplinares para cuyo acceso se exige estar en posesión de los títulos que a continuación se especifican:
• Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica.
• Genética Clínica.
• Inmunología.
• Microbiología y Parasitología.
• Radiofarmacia.

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