SEFAC pide replantear el exceso de competencias dispuesto por las guías de prescripción complementaria de enfermería

También alerta de la exclusión del farmacéutico comunitario en su aplicación

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La Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria (SEFAC) acaba de hacer público un comunicado en el que manifiesta que la resolución ministerial que valida las Guías para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las /los enfermeras/os de Hipertensión (HTA) y Diabetes mellitus tipo 1 y tipo 2 excede las competencias de enfermería en el control y seguimiento de los tratamientos farmacológicos de los pacientes.

En el comunicado la SEFAC informa de que ha tenido conocimiento de la resolución de 30 de junio de 2022 de la Dirección General de Salud pública, por la que se validan las guías de prescripción complementaria de enfermería que fueron aprobadas en la reunión del 13 de julio de 2021 de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y afirma que estas guías «no solo regulan las actuaciones de los enfermeros en cuanto a la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos, relacionados con su ejercicio profesional, sino que también incorporan y contemplan competencias y actuaciones nuevas que la legislación vigente no atribuye al personal de enfermería». «En concreto –dice el comunicado–, estas competencias son las referentes al control y seguimiento de los tratamientos farmacológicos, funciones que son competencia de los médicos y de los farmacéuticos a través de los procedimientos de atención farmacéutica».

En opinión de la SEFAC, «la inclusión de estas competencias en las guías origina distintos problemas en la práctica clínica que es preciso clarificar en aras de la responsabilidad profesional y el beneficio del paciente». A continuación, el comunicado detalla estos problemas:

  • El exceso competencial en el seguimiento y control de la farmacoterapia para lo que el personal de enfermería no tiene formación suficiente.
  • La responsabilidad de las intervenciones de enfermería en el tratamiento del paciente.
  • La comunicación entre profesionales implicados en los problemas derivados del uso de la farmacoterapia.
  • La preparación del personal de enfermería para asumir estas responsabilidades teniendo en cuenta las diferentes titulaciones existentes actualmente: ATS, DUE, Graduado.
  • La previsible disparidad autonómica en la aplicación de las guías aprobadas por esta norma.

 

El comunicado ahonda aún más en la postura de la SEFAC al explicar que «la prestación farmacéutica en España se realiza en su inmensa mayoría en la farmacia comunitaria y el seguimiento del paciente entre el farmacéutico comunitario y el médico prescriptor. Las presentes guías introducen como novedad, las intervenciones de enfermería, pero sin establecer la necesaria coordinación multidisciplinar, generando en la práctica clínica fragmentación en la atención y situaciones que perjudiquen la calidad de la atención y ocasionen problemas en la seguridad del paciente».

Aunque SEFAC valora el trabajo del personal de enfermería, «considera necesario que la validación de estas guías y otras que puedan publicarse en el futuro, referidas a otras patologías, incorporen la resolución de los problemas descritos e incluyan al farmacéutico comunitario en el circuito asistencial para su aplicación en la práctica clínica».

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