El Tribunal Constitucional estima que la prohibición establecida vulnera el principio de igualdad contenido en el artículo 14 de la Constitución Española, ya que incorpora una discriminación por razón de edad sin justificación objetiva. Asimismo, no pone reparo alguno a la primera de las prohibiciones que contiene dicho artículo.
El Tribunal Constitucional declara nula la prohibición de apertura de farmacia a los mayores de 65 años
El sábado pasado el Boletín Oficial del Estado hizo pública una sentencia (BOE n.º 139-11 de junio de 2011) por la que el Tribunal Constitucional declara nula la prohibición de apertura de farmacia a los mayores de 65 años. Concretamente, la sentencia considera inconstitucional un inciso del artículo 22.6 de la Ley 4/1996, de 26 de diciembre, de ordenación del servicio farmacéutico en Castilla-La Mancha, que hace referencia a la edad.