Fiscalidad de las inversiones en la oficina de farmacia

Juan Antonio Sánchez Dantas

Las inversiones en la oficina de farmacia tienen un doble tratamiento. Por un lado, un incremento en nuestros gatos deducibles que redundaría en un beneficio fiscal inferior y en una tributación también inferior. Por otro lado, la posible deducción en la cuota del IRPF, que es una política fiscal añadida por parte del Gobierno que incentiva a que los empresarios renueven sus equipos −así como el informático o el mobiliario− o, en nuestro caso, la cruz de la farmacia, entre otros.

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Es muy importante porque, normalmente, los farmacéuticos prestan más atención a las amortizaciones de estas inversiones, aplicando un régimen de PIME muy beneficioso para el farmacéutico, pero muchas veces se olvidan de la posible deducción de la en cuota, y esta deducción afecta a la cuota, es decir, al dinero.

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Por lo tanto, recomiendo cada año chequear la posibilidad en las inversiones de las dos vías: amortización y deducción en la cuota del IRPF.

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