Renta 2013 y oficina de farmacia

Inexorable resulta la cita anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF) para la oficina de farmacia.El año 2013, recordemos, es el segundo año de subida «temporal» de la imposición directa. Como conoce bien el lector, 2014 será lamentablemente el «tercer año», ya que la elevación impositiva prevista inicialmente para 2012 y 2013 se amplió para el año en curso. Quedamos a la espera de que la anunciada reforma fiscal de 2015 nos ofrezca un horizonte impositivo más esperanzador en el futuro ejercicio.

Renta 2013 y oficina de farmacia
Renta 2013 y oficina de farmacia

Pero «lo inmediato» consiste en que las oficinas de farmacia de nuestro país tendrán que presentar su «foto fiscal» del pasado año 2013 antes del próximo 1 de julio.
Cierto es que la Agencia Tributaria «lo da todo» en la campaña de renta y multiplica sus servicios de apoyo e información al contribuyente. Incluso con un portal exclusivo para este tema (http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta2013.shtml).
No podemos olvidar que, por volumen de recaudación, nos encontramos ante el impuesto que más aporta a las arcas públicas cada año, por lo que es normal este «sobre esfuerzo» gubernamental.
Para centrar al lector en los puntos más novedosos de esta campaña de renta 2013, describiremos a continuación un resumen de ellos:
Mantenimiento de la reducción del 20% del rendimiento neto positivo declarado para oficinas de farmacia que mantengan su promedio de plantilla en 2013 respecto a 2008, cuando el importe neto de la cifra de negocio para el conjunto de sus actividades económicas sea inferior a 5.000.000,00 de euros y además tengan una plantilla media inferior a 25 empleados. Este beneficio fiscal fue creado en principio para 2009, 2010 y 2011, pero se amplió posteriormente a 2012 y 2013. Podemos confirmar que este incentivo fiscal estará vigente también en 2014.
Nueva deducción por inversión de beneficios (ley de emprendedores). Se incorpora una nueva deducción en cuota del IRPF (entre el 5 y el 10%), dirigida a oficinas de farmacia que hayan destinado parte o todo su beneficio a inversiones en su actividad empresarial.
Ganancias y pérdidas patrimoniales. Desde enero de 2013, no formarán parte de la renta del ahorro las ganancias y pérdidas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales con un periodo de generación inferior a un año.
Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. También desde inicios de 2013 se crea una tributación para determinados premios (superiores a 2.500 euros) consistente en un 20%.
Se amplía por un ejercicio fiscal más (2013) la deducción por gastos e inversiones (1 o 2%) para habituar a los empleados de la farmacia a la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. Mantiene su carácter de no retribución en especie a efectos de tributación. Recordemos que el pasado año también se realizó esta prórroga.
Supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual. Se elimina para adquisiciones de vivienda realizadas a partir del 1 de enero de 2013, y se mantiene un régimen de aplicación para inversiones anteriores a dicha fecha. El reciente informe de la comisión de expertos para la reforma fiscal esboza la posibilidad de eliminar por completo esta deducción, incluso para adquisiciones de vivienda anteriores a 2013. Las primeras opiniones de las autoridades fiscales han sido contrarias a este asunto. Pero habrá que estar «ojo avizor».
Restablecimiento 2013 del Impuesto sobre el Patrimonio. Mediante el Real Decreto 13/2011, se volvió a introducir este impuesto con una serie de modificaciones relativas principalmente al límite exento de la vivienda habitual, mínimo exento y obligaciones de presentación. Cabe recordar que este tributo es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, y que éstas tienen la capacidad normativa de cambiar o modificar su legislación.

Le recomendamos encarecidamente que verifique sus datos fiscales 2013 en el portal antes citado. Piense que el fisco posee esos datos de usted. Eso no significa que no puedan existir errores por parte de las entidades que facilitan información. Pero mejor «saber lo que saben de usted» antes de ponerse a elaborar su declaración de renta 2013.
Tome nota también de que el próximo 30 de junio prescribirá su declaración de renta 2009 (a no ser que se haya interrumpido el periodo de prescripción). Y recopile toda la información que ha utilizado en la elaboración de su renta ante posibles requerimientos posteriores.
Por cierto, este año el fisco obliga a la presentación de la renta mediante soporte informático/telemático de la declaración, con lo que ha acabado con un número de contribuyentes «románticos» que aún presentaba su declaración... «a mano».

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