Hay tres premisas básicas que la farmacia debe recordar siempre, la primera es que la satisfacción del cliente es un objetivo a cumplir invariablemente. La segunda es que la calidad del consejo farmacéutico y la atención que se le brinde a un cliente será en gran medida lo que determine el retorno de un cliente a la farmacia, y la tercera es que con el cliente interactúan el empleado y el titular, pero el primero es el que, dado que habitualmente dedica mucho más tiempo a estar con los clientes, tiene más importancia a la hora de gestionar una farmacia.
«Consulta de gestión patrimonial» es una sección dedicada a contestar preguntas que el farmacéutico se plantea diariamente sobre la gestión de su patrimonio.
En el momento en que el lector tenga acceso a este número de El Farmacéutico se habrán acabado de celebrar las nuevas elecciones generales al parlamento de nuestro país.
Empezamos la columna con una ecuación, para así no olvidarnos de las matemáticas y la física que amenizó nuestros primeros años de Facultad.
Ventas= tráfico x tasa de conversión x ticket medio
A pesar de haber transcurrido más de 20 años desde la entrada en vigor de la actual Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU, 1994), seguimos viendo arrendamientos sometidos al concepto popularmente conocido como «renta antigua». Estos contratos, formulados al amparo de la anterior normativa arrendaticia, están sometidos a la prórroga forzosa a favor del arrendatario, que podrá seguir ocupando el local de su oficina de farmacia hasta su jubilación o fallecimiento.
A lo largo de los últimos años, las farmacias, en su intención por encontrar nuevas vías para mejorar la rentabilidad, han optado por adherirse a agrupaciones en las que en algunos aspectos relacionados con la gestión, sea común, permitiendo que el titular disponga de más tiempo para el consejo farmacéutico.