Una vez más, llega la inexorable cita de la declaración de la renta para todos los contribuyentes y, como no podría ser de otro modo, para las 22.000 farmacias españolas.
Recuerdo cuando en mi infancia escuchaba la frase siguiente: «Ya te enterarás de lo que vale un peine...». Mi asociación de ideas la vincula en la actualidad al «coste» que tiene cada una de las decisiones en nuestra vida empresarial.
En una situación como la actual, en la que el futuro fiscal a medio plazo podría tener algunas novedades derivadas del reciente borrador de presupuestos generales para 2019, parece oportuno centrarse ahora en intentar optimizar la factura fiscal de la oficina de farmacia en el año 2018 que termina.
Eterna tesitura la que planteamos en el titular de nuestra tribuna empresarial de este mes. Podemos considerar que este abanico de posibilidades revolotea en la mente de cualquier farmacéutico, eso sí, siempre que tenga la posibilidad de una continuidad familiar de su profesión.
La situación de «jubilación activa» ha proporcionado una nueva herramienta al farmacéutico en la última etapa de su actividad profesional. La posibilidad de percibir parte o la totalidad de la prestación derivada de su cotización a la Seguridad Social durante sus últimos años de ejercicio ha incorporado, indudablemente, una vía de planificación económica de la finalización de la actividad empresarial, al frente de la titularidad de la farmacia (ver artículo «Jubilación y farmacia: Al pie del cañón». El Farmacéutico n.º 553, págs. 38-39; octubre 2017. http://elfarmaceutico.es/index.php/tribuna-empresarial/item/8498-jubilacion-y-farmacia-al-pie-del-canon)
Acostumbrados normalmente a noticias agridulces en lo que a fiscalidad se refiere, con la llegada de la resolución emitida por la Dirección General de Tributos (en su reciente consulta vinculante número V0542-18, con fecha de salida del pasado 26 de febrero de este año 2018), nos llega un «soplo de aire fresco».