Fiscalidad y coyuntura actual de la farmacia

Vuelve a ocurrir lo habitual en periodo electoral: los impuestos copan las propuestas de las diferentes opciones políticas. No falla, se ha de hablar de lo que afecta al contribuyente... es decir los impuestos.

Aunque también es verdad que en ocasiones nuestras autoridades utilizan la fiscalidad como «jarrillo de mano», orientándolo en un sentido o en otro dependiendo de las circunstancias que imperen.

Estas situaciones, como por ejemplo el posible regreso del Impuesto sobre el Patrimonio, desorientan al contribuyente de a pie, adentrándolo en una inseguridad jurídica sobre su planificación fiscal personal. De todas formas, recuerde el lector que «nunca» fue derogada la ley del impuesto sobre el patrimonio, sino que se retocaron los artículos para dejar exenta su tributación. Evidentemente era un as en la manga, ya que su posible incorporación no requiere tanta tramitación como la incorporación de un nuevo impuesto a nuestro sistema fiscal.

De una forma irreversible, el fin del ejercicio fiscal 2011 se va acercando y hemos considerado interesante señalar una particularidad en la que se pueden encontrar algunas oficinas de farmacia que realizaron inversiones en su negocio durante el pasado año 2010.

En la pasada declaración del impuesto sobre la renta 2010 (presentada durante los cercanos meses de mayo y junio) un número considerable de oficinas de farmacia ha aplicado la libertad de amortización con mantenimiento de empleo. Refresquemos la memoria fiscal del lector comentando que dicha facultad consiste en un método de diferimiento fiscal que permite al contribuyente (farmacia en nuestro caso) modular la aplicación de la amortización en sus impuestos de dichas inversiones. Es decir, no hay la espada de Damocles de aplicar un porcentaje fijo de la inversión realizada, sino que queda al libre albedrío (fiscal) del farmacéutico empresario.

Pero no olvidemos y aquí está el quid de estas líneas, que existen unos requisitos de mantenimiento de empleo : «... durante los veinticuatro meses siguientes a la fecha de inicio del periodo impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores...». En palabras más llanas que las del BOE, significa que a nivel general, para poder aplicar la libertad de amortización en la pasada renta 2010 de una farmacia, la plantilla media de la misma ha de mantenerse respecto a la de 2009.

Todo esto sin olvidar que a finales de diciembre de 2010 se amplió el plazo de aplicación de la libertad de amortización hasta 2015, y lo mas importante, eliminando el requisito de mantenimiento de empleo a partir de 2011.

Situación coyuntural

Dentro de este «correcalles» normativo y bajando a la tierra de los problemas de la farmacia española del último cuatrimestre del año que vivimos, nos encontramos con la siguiente situación coyuntural: la sucesiva aplicación de medidas de reducción del gasto farmacéutico durante 2010, así como el efecto que tendrá la normativa incorporada el pasado mes de agosto, han ido reduciendo progresivamente la facturación y por tanto el resultado económico de la farmacia.

Como causa-efecto, desde inicios de 2010 hemos trabajado en numerosas reestructuraciones de personal de oficinas de farmacia, cristalizándose numerosas de ellas en disminuciones de promedios plantilla durante el ejercicio 2011.

Estas situaciones podrían desembocar en que en la próxima declaración de renta 2011, al chequear los requisitos de la libertad de amortización de farmacias que se la hubieran aplicado en Renta 2010, nos encontraríamos que durante 2011 su plantilla media se quedara por debajo de la 2009 (un año antes de realizar la inversión).

Es una realidad coyuntural absoluta y clara que la farmacia española «tipo» reducirá tanto sus ventas como su margen neto en 2011, lo que conlleva reestructuraciones de personal que no siempre conllevan despidos pero sí en ocasiones reducciones de jornadas, etc.

Siempre hemos pensado que los incentivos fiscales o métodos de diferimiento fiscal han de tener unas líneas muy bien definidas y que lo mismo que los legisladores modifican algunos requisitos basándose en la coyuntura económica actual (léase eliminar el requerimiento de mantenimiento de empleo a partir de 2011), también lo pueden hacer en las farmacias (y resto de contribuyentes) que invirtieron en 2010 antes de los cambios citados.

Al final tendrán razón los titulares de las noticias en periodo preelectoral: la fiscalidad nos «salpica» a todos.

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