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El anteproyecto de Ley de ordenación farmacéutica en la Comunidad de Madrid incluye modificaciones en los derechos y obligaciones de profesionales y usuarios

El anteproyecto de Ley de ordenación farmacéutica en la Comunidad de Madrid fue ayer objeto de análisis en una sesión organizada por Orbaneja Abogados en la que se se analizaron las novedades que traerá este anteproyecto. El acto tuvo lugar en el centro de negocios Ibercenter y acudieron alrededor de 50 profesionales del sector.

El anteproyecto de Ley de ordenación farmacéutica en la Comunidad de Madrid incluye modificaciones en los derechos y obligaciones de profesionales y usuarios
El anteproyecto de Ley de ordenación farmacéutica en la Comunidad de Madrid incluye modificaciones en los derechos y obligaciones de profesionales y usuarios

El evento fue inaugurado por Blanca de Eugenio, socia directora de Orbaneja Abogados, quien comenzó haciendo una valoración positiva, a priori, de la nueva Ley que entrará en vigor en junio de este mismo año y se mostró convencida de que «2018 va a ser el año del despegue de la farmacia».

Rosa Blanco, abogada del departamento jurídico de Orbaneja Abogados, fue la encargada de realizar un análisis profundo del anteproyecto y de hacer una comparativa con la realidad actual.

Según la ponente, entre las primeras novedades que traerá es que el «profesional de la farmacia deberá estar visiblemente identificado con su nombre, su primer apellido y su cualificación», además de que cada oficina deberá estar inscrita en el nuevo Registro de establecimientos farmacéuticos de la Comunidad de Madrid, de forma que cualquier usuario que lo consulte podrá conocer su ubicación y la persona registrada como titular.

Avanzó, asimismo, que desde el punto de vista de la gestión de la oficina de farmacia se introducen dos nuevas secciones: nutrición y dietética. Pero la novedad más importante, como comentó Rosa Blanco, es que para desarrollar estas actividades ya no es necesario que ostente el título el propio titular de la farmacia, sino que es válido que lo posea cualquiera de sus profesionales.

Por otro lado, la presencia del farmacéutico será obligatoria para la dispensación de cualquier medicamento, por lo que se debe garantizar la presencia de uno de ellos siempre en la farmacia. Además, como novedad, éstos deberán estar colegiados obligatoriamente a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley.

«La apertura de nuevas farmacias requerirá que los locales dispongan de al menos 85 metros cuadrados en lugar de los 75 actuales, y si éstos están divididos en 2 o más plantas, la principal deberá disponer de al menos 35», explicó Rosa Blanco. Además, todas las farmacias deberán estar abiertas como mínimo 40 horas semanales, pero a partir de este momento dispondrán de la posibilidad de ampliar su horario sin tener que acogerse a un módulo fijo.

Por último, Rosa Blanco comentó que la apertura de nuevas farmacias ha sufrido otras modificaciones. «El módulo de habitantes –dijo– pasa de 2.800 a 3.000» y el concurso de farmacias tendrá dos fases: «la primera consiste en un concurso de traslados de las farmacias interesadas, cualquiera que sea su ubicación en la Comunidad de Madrid, mientras que la segunda está destinada a las farmacias que quedaron desiertas en la primera y que optarían a la autorización de nuevas aperturas».

Como conclusión, Rosa Blanco afirmó que «los aspectos positivos de la norma son: la libertad de horarios de apertura, la inclusión de nuevas secciones y el carácter asistencial que se pretende dar a la farmacia». El contrapunto negativo es que «se delegan demasiados aspectos de su desarrollo reglamentario y la obligación de colegiación del farmacéutico que otorga nuevas competencias al COF de Madrid».

Blanca de Eugenio cerró la sesión con una referencia a la necesidad de esta nueva Ley, dado que Madrid llevaba con la misma desde hace «más de 20 años y era necesario regular una serie de circunstancias, funciones, derechos y obligaciones que ya venían siendo práctica habitual».

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