Experiencia profesional y compra de farmacia/Cierre de farmacia: responsabilidades

«Consulta de gestión patrimonial» es una sección dedicada a contestar preguntas que el farmacéutico se plantea diariamente sobre la gestión de su patrimonio.

Félix Ángel Fernández Lucas

Félix Ángel Fernández Lucas

Abogado. Subdirector general de Farmaconsulting Transacciones, S.L. felix.fernandez@farmaconsulting.es

Experiencia profesional y compra de farmacia
Mi tía es titular de una farmacia en el País Vasco. Según tengo entendido, he de ejercer por lo menos tres años como adjunta para poder optar a comprarle la farmacia. ¿Es así?
P. A. (País Vasco)

Respuesta
Efectivamente, es una condición para la adquisición de una oficina de farmacia en el País Vasco que el comprador posea una experiencia profesional en el campo de la farmacia de, al menos, tres años.
Además, tampoco podría adquirir directamente la oficina de farmacia. El proceso podemos resumirlo en que la titular ha de hacer ofrecimiento ante el Gobierno Vasco de su oferta de venta respecto de la oficina de farmacia, especificando las condiciones. Esta oferta de venta se publicará en el Boletín Oficial, y los adquirentes interesados podrán manifestar su aceptación de esa oferta. En el caso de que existan varios candidatos, la operación será adjudicada a quien acredite mayor puntuación en sus méritos profesionales y académicos, conforme a los baremos establecidos al efecto.
Hay, cómo no, algunas excepciones. Por ejemplo, la transmisión a título gratuito (donación o herencia), en cuyo caso no hay, naturalmente, concurrencia de otros candidatos; o el caso de transmisión por venta a favor de hijos, nietos, padres o hermanos del titular, en cuyo caso tampoco se da entrada a otros posibles compradores.

Cierre de farmacia: responsabilidades
Por razones personales, me he visto obligado a cerrar mi farmacia y la licencia podría caducar próximamente. Tengo un préstamo garantizado con hipoteca mobiliaria sobre esta farmacia. Si no abono ese préstamo o la licencia se pierde, ¿tendré alguna responsabilidad?
P.H. (Comunidad Valenciana)

Respuesta
No podemos valorar las razones que pueda usted tener para mantener cerrada la oficina de farmacia, aunque nos permitimos recordarle la existencia de figuras como la del farmacéutico regente, a la que puede acudir si usted no puede hacerse cargo.
Con independencia de lo anterior, tenga en cuenta que la entidad bancaria cuenta con esa garantía (la oficina de farmacia), como respaldo del préstamo que le concedió en su momento, y legalmente usted tiene la obligación de poner en conocimiento del banco cualquier circunstancia que ponga en peligro la existencia de la licencia, o la buena marcha del establecimiento.
Es una diligencia debida el que usted comunique al banco este problema, con el fin de que la entidad pueda tomar sus medidas al respecto, por ejemplo, obtener una suspensión por orden judicial de los plazos, o instar la venta de la farmacia inmediatamente.
En cuanto a la responsabilidad económica, le recordamos que la hipoteca no hace otra cosa que separar determinados bienes como garantía para un acreedor concreto, el banco, pero esto no significa que su responsabilidad se agote en el valor de la oficina de farmacia en caso de ejecución. Por el contrario, si la venta no arrojara un saldo suficiente para atender los pagos debidos, usted seguiría siendo responsable personalmente de las deudas pendientes, y lo sería con todos sus bienes presentes y futuros.

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