La Audiencia Nacional ratifica la nulidad del convenio colectivo de oficinas de farmacia Imprimir E-mail
Crónicas - Actualidad

La Audiencia Nacional ha rechazado la pretensión de una de las federaciones empresariales de oficinas de farmacia, FEFE, de suspender cautelarmente la aplicación de la sentencia por la que se declaró nulo el convenio colectivo para oficinas de farmacia firmado por FEFE y que fue declarado nulo por la Audiencia por no haber admitido en la mesa de negociación a la Federación Nacional de Oficinas de Farmacia (FENOFAR), integrada por las empresariales de Cataluña (FEFAC), Madrid (ADEFARMA) y Cartagena.

En julio de 2008 la Audiencia Nacional falló a favor del recurso interpuesto por FENOFAR y declaró nulo el convenio colectivo firmado para oficinas de farmacias al haberse negado la mesa negociadora del mismo a admitir la presencia en ella de FENOFAR, después de que ésta hubiera acreditado su representatividad en el sector. La Audiencia Nacional estimó la demanda de conflicto colectivo interpuesta por FENOFAR y reconoció el derecho de ésta a formar parte de la mesa negociadora, al tiempo que declaró «la nulidad del denominado XXIII Convenio Marco para Oficinas de Farmacia como convenio colectivo estatutario de eficacia nacional».